
Resguarda
Resguarda Seguridad Documental
A día de hoy tienen la misma validez jurídica un documento firmado en papel convencional que un documento firmado de forma electrónica (digital) mediante un algoritmo de firma debidamente validado por una entidad autorizada.
Un documento electrónico o digital, según la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica considera como tal la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado. Definiéndose como “firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma”.
Sin embargo, sólo es electrónico aquel documento que es firmado mediante Firma Electrónica Reconocida, la única que garantiza la máxima seguridad en su proceso de generación y produce efectos plenamente equiparables a la firma manuscrita de los documentos en soporte papel.


Se puede afirmar por tanto, que es la firma, es decir la manifestación de la voluntad del autor, la que determina la existencia de cualquier documento. Si esta firma es manuscrita, como ocurre en la actualidad, el documento será analógico o manual. La simple digitalización o escaneo del documento analógico no ha de convertir tal documento en digital, tan solo se tratará de un documento digitalizado. Y tampoco la impresión en soporte papel del documento firmado digitalmente hará perder a este su condición de electrónico. Hoy en día se puede afirmar que el sistema de Firma Electrónica Reconocida proporciona al documento (ya electrónico) una garantía casi absoluta de autenticidad, integridad, no repudio, confidencialidad, etc.
Resguarda Protección de Datos
La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, tiene por objeto adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, además de completar sus disposiciones.


Desde el momento en que una empresa entra en contacto con datos personales protegibles, Resguarda archiva electrónicamente dos tipos de documentos: el documento original donde aparecen contenidos los datos personales de que se trate y además queda archivada una ficha comprensiva solamente de esos datos personales que habrán de ser extractados. Una serie de medidas legales, llevadas acabo por el Responsable, asegurarán el máximo nivel de seguridad de los derechos del Interesado durante el tratamiento de los datos personales. Por lo tanto, el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos se produce adoptando una serie de medidas técnicas y organizativas para el tratamiento de datos y para la protección y ejercicio de derechos.
En los nuevos textos legales se establecerá la necesidad de existencia de diferentes cargos según el tamaño y complejidad de cada empresa. El principal cargo, sin duda, es el llamado “Responsable del Tratamiento”, es decir, el obligado a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para el adecuado tratamiento de datos personales y la protección del libre ejercicio de los derechos que de ellos resultan. Ustedes como empresa son “Responsables del Tratamiento” de los datos personales de aquellas personas físicas que con ustedes se relacionan.

El Equipo

Cándela Vázquez Asenjo
Directora y Responsable de Dirección y Ventas
Centrada en la gestión interna del programa de Resguarda. Encargada de tramitar las solicitudes de ingreso al programa como de guiarlas a través del mismo para poder tener un correcto y positivo recorrido. Dirige la parte publicitaria del programa y sus relaciones públicas.

Óscar Germán Vázquez Asenjo
Presidente y Fundador
Fundador, “ideador” y Presidente actual de la compañía. Experto en materia registral e interesado en la innovación jurídica de la tecnología sobre el territorio y los datos de carácter personal. Asesor jurídico permanente de la empresa.

Jasmina Jorge López
Abogada
Jasmina ha adquirido conocimientos jurídicos en varios de los despachos más prestigiosos de Barcelona como Martell Abogados y Roca&Junyent.

Fernando García-Mauriño
Abogado
Fernando es abogado en ejercicio y participa en diversos proyectos basados en nuevas tecnologías y ejerce como Delegado de Protección de Datos.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo contribuye Resguarda PD a la protección de datos personales?
- Archivar electrónicamente la documentación que la legislación de Protección de Datos Personales exige llevar al Responsable del Tratamiento.
- Archivar electrónicamente para proteger, los datos personales contenidos en la documentación archivada y sobre todo,
- Permitir una relación directa y segura entre el Responsable del Tratamiento y el interesado a quien concierne el tratamiento de sus datos personales.
¿Qué significa datos personales?
Son cualquier dato que permite identificar directa o indirectamente a cualquier persona física que se encuentre con vida. Esto quiere decir que la protección de datos no se aplica a las personas fallecidas ni a las personas jurídicas puesto que carecen de los mismos.
¿Quién es el responsable del tratamiento de los datos personales?
Es aquel que adopta y ejecuta las medidas técnicas y organizativas en su organización o entidad para dar cumplimiento a lo establecido en la legislación de protección de datos personales (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento general de protección de datos).
¿Quién es el interesado del tratamiento de los datos personales?
Es la persona respecto de cuyos datos personales se está haciendo tratamiento por parte de una entidad.
¿En qué consiste esa relación “directa y segura” entre el Responsable y el Interesado?
- El Responsable estará obligado a facilitar la información sobre el tratamiento de los datos efectuado al Interesado.
- El Responsable estará obligado a facilitar la información para que el Interesado pueda efectuar los requerimientos que en defensa de sus derechos considere oportuno.
- El responsable estará obligado a facilitar cumplida contestación a los requerimientos efectuados por el Interesado.
¿Quién es el delegado de protección de datos?
Es la figura prevista en la legislación para ciertos casos en los que el responsable precisa asesoramiento y control profesional e intermediación adecuada con la Agencia de control, es decir, la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Quién es el encargado del tratamiento de los datos personales?
Es la persona que en virtud del contrato con el responsable ejecuta las medidas técnicas y organizativas necesarias para dar cumplimiento a la legislación de protección de datos personales por cuenta de este, el responsable.
¿Qué significa tratamiento de los datos personales?
Es importante distinguir el concepto de tratamiento de una actividad, por ejemplo, la adopción de las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar la difusión incontrolada de datos a través de la actividad propia del responsable y la actividad en la que consiste el tratamiento que es la explicación del contenido en que consiste cada una de esas medidas.
¿Cómo puedo saber cuáles de mis datos están siendo objeto de tratamiento por parte de una empresa?
La ley reconoce dos vías para que usted pueda acceder al conocimiento de esta cuestión. A través de la obligación de información que tiene la empresa y a través del derecho de acceso que usted tiene a esa información.
¿Tengo derechos especialmente reconocidos?
Sí, usted tiene derecho a además de que se le informe y acceder a la información, a los siguientes:
• Derecho a la rectificación de los datos incorrectos.
• Derecho de supresión o derecho al olvido.
• Derecho a la portabilidad de los datos.
• Derecho a la limitación en el tratamiento de sus datos.
• Derecho de oposición.
• Derechos especiales en el caso de tratamiento automatizado de sus datos personales.
¿A quién puedo acudir en defensa de mis derechos?
Son varias instancias a las que usted tiene derecho acudir y de las cuales tiene derecho a ser informado pormenorizadamente. En este sentido, cabe destacar las vías legales siguientes:
• Antes de interponer una reclamación ante la autoridad de control competente en relación a los derechos reconocidos al interesado, es necesario dirigirse al responsable, encargado o delegado de protección de datos por un medio que permita acreditarlo.
• Si el responsable no ha respondido en el plazo establecido o si el interesado considera que la respuesta no ha sido adecuada, cabe interponer una reclamación ante la Autoridad de Control competente y, finalmente, también se reconoce el derecho a interponer.
• Acción judicial, recurso administrativo o extrajudicial.
¿Por qué elegir ResguardaPD?
ResguardaPD pone a su disposición un procedimiento informático seguro, ágil y gratuito en función del cual usted puede acceder a toda la información relativa a su tratamiento de datos. Además, si la notificación de dicha información no existiese siempre podría usted requerirla a través del programa mediante un sencillo procedimiento de acceso al mismo. Una de las características más importantes en ResguardaPD es la posibilidad de dirigir sus reclamaciones directamente al responsable del tratamiento de la entidad y obtener respuesta a través del mismo canal. A través de ResguardaPD, queda en todo caso explícita la entidad del responsable o delegado del tratamiento de datos y en caso de no hallar solución siempre podrá acudir en defensa de sus derechos a la Autoridad judicial o administrativa correspondiente. El seguimiento a través de ResguardaPD del tratamiento de los datos personales que le conciernen es constante, sencillo y gratuito. Simplemente accediendo al lugar exclusivamente reservado a usted en ResguardaPD podría visualizar el contenido de todo cuanto le afecta y realizar las preguntas que considere convenientes.
¿Puedo hacer seguimiento a la utilización de mis datos personales a lo largo del tiempo?
Sí, tiene usted derecho a conocer todo el procedimiento desde el origen de la toma de sus datos hasta la finalidad a la que van a ser destinados, incluso si ese destino es el de organizaciones internacionales o terceros países extranjeros.
¿Qué es Resguarda Seguridad Documental?
Un sistema de archivo electrónico documental digital que viene a completar el círculo de seguridad en la custodia de los documentos digitales. Es decir, almacena y garantiza los documentos de alto nivel de privacidad frente a terceros a través de la firma electrónica. Esta permite la perdurabilidad del documento al constar alojado en diferentes servidores en diferentes partes del mundo.
¿Por qué Resguarda Seguridad Documental es diferente?
La nube es unilateral (sólo cabe adherirse a condiciones impuestas): Resguarda garantiza la satisfacción de las necesidades particulares en cada caso a través de contrato.
La nube es difusa (no se sabe dónde esta la información): Resguarda ofrece información puntual de los servidores que contienen la información archivada, del estado de la documentación y de cualquier circunstancia que pueda ser de interés del depositante.
La nube es inestable (hay incertidumbre de futuro): Resguarda tiene un principio para ambas partes pero el final es potestativo del cliente.
La nube es confusa (en realidad no se sabe cual es la figura jurídica reguladora): Resguarda es una estructura tecnológica de carácter jurídico pleno.
La nube es rígida (dificulta mucho el paso a otros sistemas): Resguarda mantiene en todo momento a disposición del depositante, la documentación archivada, en las condiciones adecuadas para que pueda disponer y operar con ella a su voluntad.
La nube es informal (no hay contrato ni responsabilidad): Resguarda consiste en un contrato formal que se celebra libremente entre partes, adaptado a cada supuesto y donde constan específicamente declarados los derechos y obligaciones de las partes.
Seguridad en la conservación del contenido documental correspondiente
Todo documento electrónico ha de materializarse en un formato informático determinado (Word, PDF, JPG, etc.) para ser comprendido por el ser humano. Con el paso de los años los formatos se actualizan y cambian de tal modo que ya hoy en día existen determinados archivos de cierta antigüedad cuyos usuarios tienen dificultades verdaderamente importantes en cuanto a su lectura y comprensión. En un sistema de archivo electrónico como el que hemos diseñado, los formatos, comerciales y no comerciales, son constantemente actualizados a los últimos que vayan apareciendo, sin perjuicio de que además, en la adopción de una de las varias medidas de extraordinaria seguridad con las que Resguarda cuenta, seamos capaces de crear un formato documental propio y exclusivo puesto a disposición de nuestros clientes. Obviamente no existe riesgo de desactualización. La seguridad entonces, en este aspecto, vuelve a ser completa.
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